El Juez Único del Tribunal de Disciplina,
RESUELVE
1º. CONFIRMAR el partido de suspensión automática impuesto al Señor LEONARDO GONZALEZ no acordando ningún partido adicional de suspensión. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en el Artículo 74 y 76.1 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al Señor LEONARDO GONZALEZ una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del Reglamento Disciplinario. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el DEPORTIVO LARA en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown, Miembro Tribunal de Disciplina
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